CRIPTOMONEDAS COMO TRIBUTARLAS🤔 1024 683 MF Asesoria

CRIPTOMONEDAS COMO TRIBUTARLAS🤔

La Agencia Tributaria ha puesto los ojos en estas transacciones para evitar la evasión de impuestos y el blanqueo de capitales, y las ha incluido en su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2021. 🙄
En las últimas campañas de renta 2018 y 2019, la Agencia Tributaria indicaba en los datos fiscales de determinados contribuyentes un aviso por el que les informaba de que “tenían conocimiento de que habían realizado operaciones con criptomonedas y de existir ganancias, estas deberían declararse” pero, ¿Cómo se tributan dichas operaciones?
Pese a que en España no existe de momento una ley clara sobre el uso de criptomonedas, no quiere decir que no existan obligaciones fiscales que deban cumplirse. Para determinarlas hay que distinguir los usos que estemos haciendo de este tipo de monedas:
He vendido Bitcoins, ¿Cómo los declaro?
Si se venden los Bitcoins por un precio superior al que fueron adquiridos, hay que informar sobre esa ganancia patrimonial en la declaración de la renta. Los tipos impositivos aprobados para el 2021 son:
Hasta euros Porcentaje
6.000
19
44.000
21
150.000
23
En adelante
26
Si se especula con las criptomonedas existe un riesgo constante de perder parte del dinero. Es importante conocer que dichas pérdidas se pueden compensar con las ganancias patrimoniales tributando sólo por la diferencia.
La consulta vinculante V0808-18 aclara cuándo deben imputarse dichas variaciones patrimoniales en la venta de monedas virtuales, que debe ser en el momento de la venta con independencia del momento en que se perciba el precio de la venta.
¿Qué ocurre si intercambio una moneda virtual por otra?
Existen varias consultas resueltas por la Dirección General de Tributos, como por ejemplo la consulta V0999-18, donde se determina claramente que hay que tributar cuando hay un intercambio de moneda (por ejemplo cambio Bitcoins por Litecoins).
Cada vez que se realiza un cambio de moneda virtual hay que determinar si hay ganancia o pérdida ya que se produce una alteración patrimonial, y declararlo en la declaración de la renta de la misma forma comentada en el apartado anterior.
El minero de Bitcoins, ¿Cuál es su tributación?
La minería es la actividad consistente en utilizar la potencia de un ordenador para realizar cálculos que verifiquen las transacciones de la moneda virtual, y como contraprestación se reciben criptomonedas. La minería de criptomonedas es una actividad económica y como tal, está sujeta a tributación.
Esto implica darse de alta en el IAE en la Agencia Tributaria, existiendo la obligación de tributar por los ingresos pudiendo deducirse los gastos asociados a la actividad (equipos informáticos, consumo eléctrico, local…etc.). Además, al ejercer una actividad económica hay que tener en cuenta las obligaciones con la Seguridad Social y pagar la cuota de autónomos si procede.
Por último, indicar que Hacienda también ha aclarado que los servicios de minado no están sujetos a IVA, es decir, no hay que aplicar IVA a los ingresos obtenidos (conversión de las criptomonedas a dinero FIAT).
¡Recomendación! Es aconsejable contar con asesoramiento tributario para determinar si hay que declarar los Bitcoins u otras criptomonedas, para no cometer errores que puedan suponer la imposición de una sanción.